EL VICEGOBERNADOR ENDEIZA DIO PRECISIONES SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL QUE TRATARÁ LA LEGISLATURA
El vicegobernador Ricardo Endeiza remarcó que Claudio Poggi se autolimitó voluntariamente al tomar un hipotético mandato entre 2027 y 2031 como el último que pudiera ejercer en su vida. “En cambio Adolfo Rodríguez Saá, que ejerció cinco períodos, o Alberto Rodríguez Saá, que estuvo cuatro, podrían presentarse para dos más”, aclaró.
- Por Redacción --
- Viernes, 10 Abril, 2026
El vicegobernador Ricardo Endeiza brindó una conferencia de prensa para explicar los alcances de la reforma constitucional que el Poder Ejecutivo envió a la Legislatura para su tratamiento. El proyecto de ley fue enviado el jueves e ingresó por la Cámara de Senadores.
“Es un proyecto de declaración de la necesidad de la reforma. ¿Por qué? Porque, claramente, la Constitución provincial es nuestra última garantía como ciudadanos, y, a su vez, la última fuente de obligaciones, tanto de ciudadanos como de funcionarios públicos, y establece el orden de todo el Estado. De ahí va a emanar todo el orden jurídico que se da a través de leyes, decretos, ordenanzas”, comenzó su alocución, para agregar que “tiene un mecanismo complejo, primero la Legislatura tiene que declarar la necesidad de la reforma, y debe hacerlo con una mayoría calificada, que son dos tercios, no sobre los presentes, dos tercios sobre el total de cada cámara”.
En el caso de los Senadores, se necesitan seis de los nueve votos; en tanto que, en Diputados, los legisladores por la afirmativa deberán ser 29 de los 43 que componen la cámara.
“Es un año no electoral y hay varios temas que tratar. Partimos de una premisa: San Luis, el año que viene, va a cumplir 40 años desde su última reforma constitucional integral, que se terminó sancionando en 1987”, dijo Endeiza, quien recordó que desde entonces tuvo dos enmiendas, “una que modificó el artículo 147 y limitó la reelección indefinida a la posibilidad de una sola reelección, pero luego de un período intermedio de serlo, podía volver por dos períodos más, y así sucesivamente. Sabemos que hemos tenido un gobernador que tuvo dos mandatos, dejó uno en el medio, y después agregó dos mandatos más”.
La otra enmienda fue el agregado del artículo 11 bis, que incorporó derechos humanos, el derecho a la inclusión digital, el derecho a la inclusión social y todos los derechos que se habían incorporado a la Constitución Nacional en la reforma de 1994.
En cuanto a establecer elecciones cada cuatro años, eliminando las intermedias, el vicegobernador cree que “el gobernante siempre tiene que estar con el oído atento a lo que dice el pueblo, y se ve que la gente, en las elecciones de medio término, no está yendo a votar. Los guarismos en las últimas elecciones de medio término, que fueron en 2025, cayeron. Tenemos provincias entre 50% y 60%, cuando históricamente los porcentajes oscilaban entre el 80% y el 95%. Hay una fatiga popular que no le hace bien a la República, la gente se queja mucho de eso”.
Endeiza aclaró que la reforma contiene una cláusula transitoria respecto de la consideración del primer mandato del actual gobernador, que sólo tendría la chance de ir por un período más. “He visto algunas interpretaciones que son absolutamente erróneas, que lo toman como una ventaja y no, por el contrario, es una autolimitación para dejar bien clarito que no se busca ninguna ventaja, sino al contrario, jugar con reglas claras y transparentes. Para el caso de que el actual gobernador decidiera presentarse para una reelección y el pueblo de la provincia decidiera otorgarle esa posibilidad, dejar bien establecida la regla, sea cual fuere el momento que se produzca la reforma constitucional”.

Sobre la situación de quienes ejercieron el Poder Ejecutivo en el pasado, el gobernador Poggi fue muy claro: “Lo planteó y lo pidió específicamente, fue muy tajante, una cosa que valoro, porque no muchos lo hacen, de decir que las leyes se aplican a futuro. Acá tenemos un gobernador que lo ha sido cinco veces, otro que ha sido cuatro veces, y habría, hay que analizar el caso, pero también tenemos una gobernadora constitucional que ha tenido un mandato, y el gobernador también ha tenido un mandato previo. Las leyes se aplican a futuro”, detalló, y dio nombres propios para dejar en claro la postura del Gobierno: “Tanto el doctor Adolfo Rodríguez Saá, que fue cinco veces gobernador, como el doctor Alberto José Rodríguez Saá, que fue cuatro veces gobernador, como la arquitecta María Alicia Lemme, que fue una vez gobernadora constitucional, porque ella juró como gobernadora constitucional, pueden perfectamente ser candidatos a gobernadores y tener derecho a dos períodos más”.
Sobre Poggi, insistió en que “esta cláusula transitoria está hecha para él, a pedido de él, establece que el mandato del período 2023-2027 va a ser tomado como primer período, ya que está pensada para el caso de que la reforma constitucional se dé luego de asumir un eventual segundo período. Entonces, él ya está diciendo: ‘si yo fuera candidato y me volvieran a elegir, éste cuenta como mi primer mandato, y al haber solo dos mandatos, se acabó’. Y se acabó. Por el nuevo sistema se acabó para toda la vida”.
Endeiza destacó que “lo está proponiendo una persona que tiene 62 años. Yo creo que eso hay que evaluarlo como positivo. Como podría ser que al momento de dictarse la Constitución sea con ulterioridad al 10 de diciembre de 2027, ya deja establecido que éste es el primer mandato. Se está autolimitando solo”.
Consultado sobre la cantidad de constituyentes que se deben elegir por departamento, explicó que “la Constitución establece que cada departamento ha de elegir tantos convencionales constituyentes como número de legisladores tenga. Sabemos que, por ejemplo, Pueyrredón tiene diez diputados y un senador, once constituyentes. Pedernera tiene diez diputados provinciales y un senador, once. San Martín, tres diputados provinciales y un senador, serían cuatro”, de manera que la convención tendría el mismo número de integrantes que la Legislatura: 52.
Otra limitación que se autoimpone el Gobernador en la reforma tiene que ver con el Poder Judicial, cuando establece que quien ejerce la Primera Magistratura va a tener que, necesariamente, salvo caso debidamente fundado y con razones fundadas, nombrar a los jueces que el Consejo de la Magistratura proponga en primer término. “Va de la mano con lo que la Corte Suprema sacó como una acordada para modificar todo el sistema de selección de jueces. Hasta ahora había un sistema de entrevistas que otorgaba un puntaje muy alto y permitía la discrecionalidad del Consejo de la Magistratura. El sentido acá es el mismo, limitar los amiguismos, la discrecionalidad y a elegir a los mejores”.





